La visa EB4 es una tarjeta verde basada en el empleo para algunas categorías de ciudadanos extranjeros conocidos como «inmigrantes especiales». Esta visa permite a los solicitantes exitosos viajar, vivir, trabajar y estudiar en los Estados Unidos. Además pueden solicitar la ciudadanía por naturalización luego de vivir en el país durante 5 años como titular de la tarjeta verde.
Cabe destacar que algunos candidatos a visa también pueden patrocinar a sus familiares dependientes, esto incluye hijos y cónyuges e hijos, para que puedan reunirse con ellos en USA.
Contenido del artículo
Visa EB4: Lo que debes saber. La Guía Completa – En qué consiste
La visa de inmigrante EB-4 tal como se señaló anteriormente es una tarjeta verde que se basa en el empleo para trabajadores religiosos inmigrantes especiales. Por lo general se le otorga a miembros de una denominación religiosa sin fines de lucro en USA, sin embargo, la categoría puede también cubrir una amplia gama de solicitantes:
- Miembros de las Fuerzas Armadas
- Empleados del Canal de Panamá
- Locutores
- Médicos
- Traductores de iraquí y afgano
- Iraquíes que trabajaron para el gobierno de USA durante al menos un año y que están bajo serias amenazas.
- Periodistas extranjeros que vienen a trabajar para la Agencia de los Estados Unidos para los Medios Globales (USAGM).
- Iraquíes que han proporcionado ayuda a USA.
- Afganos que trabajaron para los Estados Unidos o la ISAF (ISAF)
- Empleados de una Organización Internacional
- Empleados jubilados de la OTAN-6
- En caso de que el empleado de NATO-6 ha fallecido, el cónyuge y los hijos aún son elegibles. En caso de los menores solteros que actualmente viven en este país dependen de la corte de menores debido a negligencia, abandono o superior. Estos jóvenes deben ser menores de 21 años.
- Trabajadores religiosos que hayan trabajado durante al menos 2 años en una organización religiosa sin fines de lucro reconocida en el país.
¿Cuáles son los requisitos para que los trabajadores religiosos opten por la Visa EB-4?
Para los solicitantes que quieran presentar su solicitud bajo la categoría de trabajadores religiosos EB-4, debe considerar requisitos y calificaciones precisos para poder ser elegibles. Dentro de los cuales encontramos los siguientes:
- No se requiere un PERM para los trabajadores religiosos EB-4, sin embargo, el solicitante debe proporcionar evidencia de la organización religiosa.
- El solicitante está obligado a obtener una carta de un superior dentro de la organización religiosa en los Estados Unidos.
- Una ocupación religiosa profesional o no profesional. Esto también incluye la vocación religiosa, que es un llamado/devoción a un estilo de vida religioso. El solicitante debe haber tomado votos y haberse dedicado a una tradición religiosa específica.
- Procedimiento de solicitud de trabajador religioso EB-4:
- El empleador debe enviar el formulario I-360 al USCIS.
- Un sacerdote o ministro de denominación religiosa.
- El solicitante debe presentar prueba de que la organización religiosa es una organización sin fines de lucro.
- Haber sido trabajador de la denominación religiosa durante un mínimo de dos años.
¿Cuál es el proceso de solicitud de la Visa EB4?
La visa EB4 por lo general está patrocinada por un empleador con sede en los Estados Unidos. Sin embargo, en casos específicos, se puede permitir que el empleado se patrocine a sí mismo.
En este sentido, su empleador en el país, primeramente debe presentar una petición en su nombre antes de que pueda solicitar una visa EB4. El primer paso es llenar el Formulario I-360.
En caso de que no tenga un empleador de los USA como patrocinador, puede solicitar por su cuenta y presentar el Formulario I-360, pero solo en casos seleccionados. Los ejemplos incluyen casos de padres, cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses víctimas de abuso.
¿En qué consiste la Petición de empleador de Estados Unidos?
La etapa de petición del empleador es de suma importancia, así que ningún empleador de Estados Unidos puede patrocinar a su inmigrante sin la aprobación del permiso del Servicio de Ciudadanía e Inmigración del país (USCIS). Por esta razón, deben presentar el Formulario I-360 y esperar un veredicto.
De igual forma, tienen que demostrar que son económicamente capaces de contratarte. Sus empleadores pueden presentar registros de auditoría, declaraciones de impuestos y los estados de cuenta bancarios. En cuanto a los servicios de inmigración pueden requerir algunos documentos financieros específicos, dependiendo del caso particular de cada persona y sus situaciones.
En este sentido, en caso de que sea un locutor, su petición debe estar patrocinada por la Agencia de Medios Globales de Estados Unidos. (USAGM) o un beneficiario de la USAGM. Por otro lado, El USCIS revisará y notificará al solicitante de la visa luego de que el empleador presente la petición. Si la petición ha sido aprobada, el Centro Nacional de Visas (NVC) se hará cargo del caso.
Cabe destacar que el Centro de Visas le va a asignar un número de caso y un número de identificación de factura. Además recibirá un paquete informativo con instrucciones acerca de lo que debe hacer.
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